Representar y defender unitariamente a la profesión y a sus Colegios.
Coordinar la actuación de los colegios que lo integran en la consecución de sus objetivos comunes.
Garantizar y procurar la igualdad de trato de las educadoras y los educadores sociales y su libertad de ejercicio.
Establecer la normativa deontológica general de la profesión de Educador/a social.
Principio Nº 18: Autonomía
El CGCEES debe mantenerse libre de cualquier subordinación a las presiones administrativas, institucionales y políticas estando únicamente obligado por el bien de la profesión y por las decisiones de sus miembros. Desde la independencia de decisión, el CGCEES debe ser el interlocutor habitual de los poderes políticos y sociales del Estado.